Ordenanza para el uso del casco en Progreso

La Comuna de Progreso sancionó la Ordenanza Nº56/2.018 para hacer efectivo el uso obligatorio del casco a los conductores y acompañantes de ciclomotores, motocicletas, triciclos, cuatriciclos y similares, como ya prevé la Ley Nacional de Tránsito Nº24.449 y la Ley Provincial de Tránsito Nº13.133.

Esta medida pretende disminuir las consecuencias en la salud de las personas en caso de choque o vuelco que pueden significar dar la cabeza contra el suelo.

Si bien la reglamentación ya se encuentra vigente, el Régimen Sancionatorio comenzará el 4 de Febrero de 2.019.

Artículos importantes de la Ordenanza Nº56/2.018:

+ Implementación de campaña de difusión con publicación de los riesgos y vulnerabilidad.

+ Los comercios que vendan este tipo de vehículos deberán cumplir la Ley Nº13016 (Venta conjunta de moto y casco).

+ Sanciones ante incumplimiento:

Primera infracción corresponderá apercibimiento, se notificará al infractor la obligación de usar casco.

Segunda infracción será aplicable multa, de acreditarse que se adquirió el casco dentro del plazo de citación la jueza de faltas podrá eximir el pago de multa por única vez. Asimismo podrá sustituir el cobro de la primera multa al infractor por la compra de un casco protector a su nombre.

Tercera infracción quedará expedita la vía de retención del vehículo y/o cobro de multa.

 

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