A casi seis años de su sanción, una ley destinada a regular el rol del acompañante terapéutico en la provincia de Santa Fe sigue sin contar con la reglamentación necesaria para su implementación efectiva. Así lo denunció esta semana la Cámara de Senadores, que aprobó —por unanimidad y sin debate en el recinto— una comunicación formal dirigida al Poder Ejecutivo exigiendo que la norma sea finalmente aplicada.
La Ley Provincial 13.970, sancionada en noviembre de 2019 y publicada en el Boletín Oficial en febrero de 2020, establece un marco legal para el ejercicio profesional de los acompañantes terapéuticos. Sin embargo, hasta hoy carece de reglamentación, lo que ha impedido su puesta en práctica en aspectos esenciales como competencias laborales, supervisión profesional e integración al sistema de salud.
“El tiempo transcurrido desde su promulgación sin avances reglamentarios constituye una omisión inadmisible”, aseguró el senador Alcides Calvo (PJ-Castellanos), autor del proyecto aprobado. “Es una violación al principio de juridicidad y afecta directamente el ejercicio de derechos laborales y sociales de cientos de profesionales que hoy trabajan en condiciones de informalidad y precariedad”.
En la comunicación elevada a la Casa Gris, los senadores reclaman que sea el Ministerio de Salud —o el organismo que corresponda— el encargado de ejecutar la reglamentación. El texto subraya la urgencia de “garantizar condiciones adecuadas de ejercicio profesional, integración al sistema de salud y cumplimiento efectivo de derechos” para quienes desempeñan esta función crítica en los equipos de atención psicosocial.
Para Calvo, el acompañante terapéutico “se ha consolidado como un eslabón fundamental en el enfoque interdisciplinario y comunitario de la salud”, en sintonía con los principios de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene jerarquía constitucional en Argentina.
La falta de reglamentación, advierte el legislador, impide delimitar competencias profesionales, establecer estándares de formación, definir criterios de habilitación y control ético, e incorporar esta figura al sistema público y privado de salud.
Pero el argumento no es sólo técnico. Para el Senado, la omisión también representa una forma de inconstitucionalidad: “Como ha reconocido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la falta de implementación efectiva de un derecho configura una violación al principio de legalidad y de acceso igualitario a la ley”, recordó Calvo.
Más allá de la retórica parlamentaria, el reclamo pone en evidencia un problema estructural: la distancia entre el reconocimiento legal de ciertos derechos y su materialización concreta en políticas públicas. En el caso del acompañante terapéutico, esa distancia se mide en años. Y en vidas.


