La Policía aprehendió a un hombre de 31 años tras un llamado al 911 por violencia familiar en 9 de Julio al 1300. La víctima, embarazada de tres meses, relató que fue amenazada con una cuchilla. El expediente se inició como “amenaza calificada”.
En barrio Sur, la secuencia empezó como empiezan muchas: un llamado al 911, un patrullaje que llega a un domicilio, una conversación breve en la vereda y una decisión tomada en minutos. El lunes 12 de enero, en la zona de 9 de Julio al 1300, personal de la Brigada Motorizada detuvo a un hombre de 31 años acusado de amenazar con un arma blanca a su pareja, una mujer de 29 años que cursa un embarazo de aproximadamente tres meses. La intervención incluyó el secuestro de una cuchilla y el traslado de las actuaciones a la Comisaría 2ª.
El dato duro —la aprehensión— suele cerrar el relato policial. Pero, en violencia doméstica, ese cierre es apenas un umbral. La pregunta real no es solo qué pasó dentro de esa casa, sino qué garantiza el Estado para que no vuelva a pasar cuando la patrulla se retire y el expediente cambie de manos.
Según las crónicas del procedimiento, la víctima contó que venía siendo hostigada y que la amenaza fue directa, dirigida a su abdomen. Con esa versión, los agentes ingresaron por un pasillo hacia el domicilio y localizaron al hombre señalado. El arma secuestrada fue descripta como una cuchilla con hoja metálica de unos 15 centímetros y mango plástico negro de aproximadamente 9. La causa quedó caratulada, en forma preventiva, como “amenaza calificada por el uso de arma blanca”.
Lo que define el riesgo no es el hecho aislado
En casos como este, la frontera entre un episodio “policial” y un problema de seguridad humana es mínima. La violencia con arma blanca agrega un factor obvio: la posibilidad de daño inmediato. El embarazo agrega otro: el cuerpo de la víctima deja de ser una sola biografía y se vuelve dos vulnerabilidades superpuestas. Esa combinación vuelve crucial lo que ocurra después, especialmente en las primeras 48 horas: medidas de protección, seguimiento, contención y una evaluación de riesgo que no dependa solo de la declaración inicial.
El circuito institucional suele tensarse en un punto específico: la distancia entre la actuación rápida (llegar, separar, detener, secuestrar) y la protección sostenida (que la víctima pueda dormir sin miedo, moverse sin ser rastreada, trabajar sin ser esperada en la puerta, recibir acompañamiento para denunciar sin quedar expuesta). Si ese segundo tramo falla, la intervención queda reducida a un parte: correcto, pero insuficiente.
También hay un dato silencioso: el 911 como puerta de entrada. En Santa Fe, el sistema registra llamadas y articula móviles con herramientas de geolocalización y videovigilancia. Eso puede convertirse en evidencia y, a la vez, en respaldo para quien llama. El problema es el costo social de llamar: en barrios donde la violencia es “un asunto de puertas adentro”, activar el sistema implica romper un pacto de silencio. Esa decisión, muchas veces, es la más difícil.
En términos judiciales, la carátula inicial funciona como una señal de gravedad, pero no garantiza por sí sola el resultado. El expediente recién empieza: hay que sostener prueba, registrar antecedentes, ordenar pericias si corresponden, y tomar decisiones que reduzcan el riesgo de reincidencia. En violencia de género, la pregunta práctica es sencilla: ¿qué cambia, desde hoy, para que la víctima no quede sola frente a la revancha?
Si estás atravesando una situación de violencia, la Línea 144 brinda atención, contención y asesoramiento. Ante peligro inmediato, el 911.


