Ante el artículo publicado por un diario digital local, en el cual se pone en duda no solo el trabajo que realiza la Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio Arquitectónico Cultural Local, sino también su honorabilidad, los integrantes de la misma creemos necesario hacer algunas aclaraciones.
En la nota se cita el art. 9 de la Ordenanza 2772/89 pero se omite citar el art. 6 que dice; “los inmuebles públicos o privados, no podrán ser sometidos a reparaciones o restauraciones, ni destruidos en todo o en parte, transferidos, gravados o enajenados, sin aprobación o intervención de la Comisión Municipal, bajo pena de multas que fijará la respectiva reglamentación”.
En consecuencia una de las facultades de la Comisión es discernir que obras tienen carácter patrimonial y asesorar a los propietarios que deseen realizar intervenciones de modo tal que se respete el patrimonio y a su vez puedan adecuar el edificio a las nuevas necesidades. Una de las dificultades para la aplicación de la Ordenanza es la falta de reglamentación, no obstante debemos reconocer que en la mayoría de los casos hemos contado con la buena voluntad de los propietarios.
Respecto a la conservación del patrimonio hay diversas corrientes, algunos piensan que todo lo que es antiguo debe conservarse sin modificar absolutamente nada, lo cual sería fosilizar los edificios, en estas condiciones ni el Estado ni los particulares podrían hacerse cargo de su mantenimiento. Esta Comisión piensa que para que el patrimonio pueda conservarse deben mantenerse los edificios vivos y funcionando, motivo por el cual en algunos casos se hace necesario realizar intervenciones que garanticen la preservación de lo que se considera más importante.
Los integrantes de esta Comisión, trabajan ad honorem y no persiguen fines políticos, algunos de ellos fueron los que instalaron este tema en la sociedad, con el único propósito de bregar por la conservación de nuestro patrimonio, una lucha que choca con los intereses inmobiliarios, por este motivo es que la acusación que se nos hacen nos hiere profundamente, nos parece muy lamentable que se use este tema para fines políticos.
En el caso que nos ocupa la Comisión fue consultada por el titular de la Inmobiliaria Omega, quien tenía a su cargo la venta de la propiedad, teniendo en cuenta que la empresa Megatone S.A. quería adquirir la misma para instalar su local comercial.
Posteriormente y habiendo ingresado el expediente con el proyecto a realizar en la citada propiedad, se llevó a cabo la inspección, se realizó una documentación fotográfica, se investigó la historia y se buscaron fotos antiguas a los fines de analizar el proyecto presentado y consensuar con los profesionales de la firma comercial, los pasos a seguir. Destacándose que para ello se llevaron a cabo varios encuentros hasta que la Comisión llegó a un dictamen, el que fue plasmado en el expediente de referencia y elevado a consideración del Departamento Ejecutivo Municipal, quien avaló lo resuelto y autorizó la comunicación del mismo a la firma comercial.
Lo que se cita como patrimonio demolido consistía en una edificación destinada a locales comerciales que habían sido objeto de numerosas intervenciones, en una de las cuales a su fachada se le habían agregado elementos decorativos que no se correspondían con el estilo original del conjunto, siendo la conservación de la residencia del Dr. Daniel Alonso Criado, 1º director del SAMCO local, la premisa de esta Comisión.
Por todo lo expuesto, y acompañando en la comprensión la natural y legítima inquietud ciudadana por el destino y la preservación del patrimonio arquitectónico local, creemos haber hecho lo correcto, puede ser que algunos no estén de acuerdo con el criterio aplicado, pero lo que no podrán cuestionar nunca es la honestidad de nuestro proceder, el que quiera hacer un cuestionamiento que lo haga responsablemente y con conocimiento.
Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio Arquitectónico Cultural Local



