En 10 segundos:
Qué pasó: el proyecto de reforma laboral propone derogar los estatutos del periodista, del viajante de comercio y del peluquero.
Qué cambia desde hoy: si se aprueba, estos oficios quedarán regulados solo por la Ley de Contrato de Trabajo general.
A quién le pega: a trabajadores con regímenes especiales de estabilidad, escalafón y modalidades salariales propias.
Qué mirar ahora: el debate en el Senado y las modificaciones que puedan introducirse en comisión.
Buenos Aires, 11 de febrero de 2026.
El capítulo menos visible de la reforma laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei no está en los artículos sobre indemnizaciones ni en la discusión por los convenios colectivos. Está en un inciso técnico del articulado que propone derogar tres leyes sectoriales que durante décadas ordenaron la relación laboral en oficios específicos: periodistas, viajantes de comercio y peluqueros.
El artículo 194 del proyecto menciona de manera explícita la eliminación de las leyes 12.908, 14.546 y 23.947. Son normas sancionadas en contextos históricos distintos, pero con una lógica común: reconocer que ciertos trabajos tienen dinámicas propias que no encajan del todo en el régimen general.
La Ley 12.908, conocida como Estatuto del Periodista Profesional, fue aprobada en 1946 durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón. Estableció categorías profesionales, escalafones, reglas específicas de indemnización y un sistema de estabilidad reforzada. También reconoció particularidades del trabajo en medios, como la responsabilidad editorial y la protección frente a despidos vinculados a la línea ideológica.
La Ley 14.546, de 1958, reguló el trabajo del viajante de comercio. Se trata de empleados que representan a empresas en distintas zonas geográficas, con tareas itinerantes y objetivos comerciales medibles. El estatuto fijó criterios sobre zonas asignadas, comisiones, cambios unilaterales de condiciones y compensaciones por traslados.
La Ley 23.947, sancionada en 1991, organizó el régimen laboral en peluquerías e institutos de belleza. Incluyó modalidades salariales particulares, descansos compensatorios y reglas para academias y establecimientos del rubro, en un sector históricamente atravesado por informalidad.
Si la derogación prospera, estos tres colectivos pasarán a estar encuadrados exclusivamente en la Ley de Contrato de Trabajo general. Eso implica unificar el régimen bajo reglas comunes para todos los trabajadores registrados, sin estatutos diferenciales.
Desde el oficialismo, el argumento es de simplificación normativa. El Gobierno sostiene que la coexistencia de regímenes especiales genera rigideces, litigiosidad y fragmentación del mercado laboral. La reforma apunta a reducir esa diversidad de marcos y consolidar un esquema único que, según sus impulsores, facilitaría la contratación.
Del otro lado, sindicatos y asociaciones profesionales advierten que la eliminación de estatutos no es un detalle técnico sino un cambio estructural. En el caso de los periodistas, por ejemplo, la discusión no se limita a escalas salariales. Incluye la pérdida de un régimen de estabilidad que históricamente se vinculó con la autonomía profesional.
En el caso de los viajantes, la preocupación se concentra en la protección frente a modificaciones unilaterales de zonas o condiciones comerciales. En el rubro de peluquerías, la inquietud gira en torno a un sector donde la informalidad ya es alta y donde el estatuto funcionaba como referencia de mínimos.
El debate de fondo es conceptual. La reforma parte de la premisa de que un mercado laboral más flexible generará más empleo formal. Los críticos sostienen que la homogeneización normativa puede diluir derechos construidos para actividades con características específicas.
Hay, además, una dimensión simbólica. Los estatutos sectoriales fueron, en su momento, conquistas de colectivos organizados. Su eliminación reabre una discusión sobre el lugar que ocupan los regímenes especiales en el derecho laboral argentino.
En términos prácticos, el impacto dependerá de cómo se articule la transición. Si el proyecto se aprueba sin modificaciones, los contratos vigentes deberán adaptarse al régimen general. Las condiciones particulares previstas en los estatutos dejarán de tener respaldo legal específico, salvo que se incorporen en convenios colectivos o acuerdos individuales.
El Senado tiene ahora la responsabilidad de definir si avanza con la derogación tal como está redactada o introduce cambios. En un contexto de ajuste económico y tensión social, el tratamiento de estos artículos puede convertirse en un punto de fricción adicional.
La discusión no es solo jurídica. Atraviesa la estructura de sectores que funcionan con reglas propias desde hace décadas. Si el proyecto se convierte en ley, periodistas, viajantes y peluqueros quedarán bajo un mismo paraguas normativo que el resto de los trabajadores formales. El interrogante es si esa uniformidad ampliará oportunidades o reducirá márgenes de protección en oficios donde la estabilidad siempre fue parte central del debate.


