Se establece la “obligatoriedad del debate público” de los candidatos a gobernador de las tres fuerzas políticas más votadas en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), oficializados y registrados por el Tribunal Electoral Provincial, con la finalidad de exponer ante la ciudadanía la plataforma electoral y/o programa de gobierno de la agrupación política, frente o partido por la cual se postula. La fecha del debate se coordinará entre los candidatos, y no podrá ser en un plazo mayor a los 20 días ni menor a los 15 días, antes de la fecha fijada para los comicios generales.


