La Municipalidad de Esperanza informa y recuerda a la comunidad que la Ley provincial Nº 9749/85 -promulgada por Decreto Nº 1583 del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe- instituye al día 8 de noviembre de cada año como “Día del Trabajador Municipal y Comunal” en todo el territorio provincial, declarándolo día NO LABORABLE.
Por ello, y considerando que dicha fecha conmemorativa es día no laborable en el ámbito de las administraciones municipales y comunales de la provincia de Santa Fe, resulta de aplicación en el ámbito local la Ordenanza Nº 3859 de reciente sanción que, entre otras consideraciones, establece que “cuando el día 8 de noviembre coincida con los días martes o miércoles, será trasladado al lunes anterior; y cuando coincida con jueves o viernes se trasladará al lunes de la semana siguiente”. A la vez que, “cuando el día 8 de noviembre coincida con los días sábados y domingos, será trasladado al viernes anterior”.
Este último aspecto de la norma es el que determina, finalmente, que el día viernes 6 será DÍA NO LABORABLE para todos los trabajadores de la Municipalidad de Esperanza.



