Atento a las inexactas, infundadas, agraviantes y falaces manifestaciones expresadas por FESTRAM sobre violación a los Derechos Humanos, violencia laboral, violencia de género, perdida de embarazo, etc., de las cuales también se hicieron eco miembros del Concejo Municipal de esta ciudad, detallamos lo expresado en las Notas y Cédulas recibidas desde los Organismos involucrados en el tema y que pueden corroborarse en la Sede Municipal.
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Secretaría de Derechos Humanos, expresa: “… vistos las copias de los autos remitidos desde esa jurisdicción a esta Secretaria de DD.HH. que tuvieran como consecuencia la cesantía de la agente E.M.L…, observamos que el presente caso está siendo evaluado desde la Defensoría del Pueblo…”
“Que atento a los expresado… informamos que desde esta área NO SE REALIZARÁN EVALUACIONES SOBRE EL CASO…”.
- Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, expresa: “… remitimos la denuncia por PRESUNTA VIOLENCIA LABORAL que fuera sufrida por la agente E.M.L. Dicha denuncia fue presentada por FESTRAM…”
“Habiendo tomado contacto con la nombrada (E.M.L)…, la misma ratifica VERBALMENTE lo dicho por la entidad gremial…”
“…la Federación expone la grave situación que sufrió la trabajadora embarazada… la cual fue encontrada por sus compañeras de trabajo sin conocimiento en fecha 27/03/17 y con signos de violencia psíquica y corporal”. Aclaración: en la constancia policial realizada por sus compañeras de trabajo, manifiestan que el ingreso de la agente al Museo (SIN NINGUNA AUTORIZACIÓN NI TRABAJO ASIGNADO) se produjo el Sábado 25 de Marzo a las 13:00 hs. (según fue comprobado por la desactivación de la alarma del lugar) y que la encontraron desvanecida el Lunes 27 de Marzo a las 07:00 hs, detallándose además en la constancia policial, cómo y en qué lugar estaba, su vestimenta y los elementos y objetos había a su alrededor. Finaliza aclaración.
“…luego de ello se produjeron suspensiones de la agente hasta llegar a la cesantía…iniciando los recursos pertinentes”
“Por ello, conforme al artículo 34 inc.d) de la ley 10396… ESTE ORGANISMO CESA SU ACTUACIÓN…”.
- Poder Judicial – Cámara Contencioso Administrativo Nº 1: “Se hace saber que en el Juicio: E.M.L contra Municipalidad de San Carlos Centro sobre Medida Cautelar Autónoma (Expte 152/2017) sobre Sumario Administrativo – Agente E.M.L Resuelve: Rechazar el pedido autónomo de tutela cautelar, con costas…”.
Por lo expuesto y lo expresado en las Notas y Cédulas de referencia, ante las inexactas, infundadas, agraviantes y falaces manifestaciones expresadas por FESTRAM sobre violación a los Derechos Humanos, violencia laboral, violencia de género, perdida de embarazo, etc., de las cuales también se hicieron eco miembros del Concejo Municipal de esta ciudad, LOS ORGANISMOS INVOLUCRADOS EN EL TEMA SE HAN EXPEDIDO. TODO LO DEMÁS, FUE, ES Y SEGUIRÁ SIENDO POLITIQUERÍA BARATA.



