Esperanza facilita información sobre requisitos provinciales para empresas comprendidas en las excepciones

El Gobierno de la ciudad de Esperanza comparte información que el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que mediante Resolución 41/2020, ha dispuesto que las empresas comprendidas en las excepciones del DNU 297/2020 y ampliatorias, deberán cumplimentar los requisitos que a continuación se detallan:

  1. Asegurar que la actividad esté exceptuada según Decreto 297/2020 y las Decisiones Administrativas 429/2020 y 450/2020.
  2. Enviar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social protocolocovid@santafe.gov.ar y en copia a la Secretaría de Producción del Municipio o Comuna correspondiente, lo siguiente:
  3. DDJJ Anexo Resolución 41/20 por cada trabajador que esté afectado a la empresa.
  4. Protocolo de Seguridad e Higiene pertinente a implementar por la empresa. Para mayor información hacer clic en Protocolos del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.
  5. Aguardar acuse de recepción por parte del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe.

En caso de existir dudas sobre el sector o empresa a exceptuar, deberán enviar a secretariadeindustria@santafe.gov.ar del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología la siguiente información y en copia a la Secretaría de Producción del Municipio o Comuna correspondiente, lo siguiente:

  1. Completar la ficha haciendo click en el siguiente link Ficha Excepción Industria: asegurarse de que estén todos los campos completos y la información de la empresa (Nombre, CUIT, Dato de contacto y Responsable).
  2. Aguardar el acuse de recepción de la Secretaría de Industria y posterior autorización.
  3. Una vez autorizado por la Secretaría de Industria cumplimentar lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (punto 2 arriba).

Aclaraciones:
No se podrán iniciar las actividades hasta tanto no se le comunique al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y al Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología De Santa Fe las disposiciones antes mencionadas.

En cuanto al COMERCIO, por consultas sobre locales o servicios enviar correo electrónico a la siguiente dirección: comercioyservicios@santafe.gov.ar

Las/os trabajadoras/es deberán contar con el permiso de circulación Provincial (trámite firmado por el empleador) y Nacional (trámite individual online) para dirigirse a su lugar de trabajo.

Recordar que lo más importante es proteger la SALUD de las personas, cumpliendo y haciendo cumplir todas las medidas presentes en la Resolución 41/2020.

 

 

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